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MONICA NAVARRO-RUBIO TROISFONTAINES
Colegiado 162 de ICP de Granada

ESTHER ORTEGA NARANJO
Colegiado 263 del ICP de Granada

Con más de 20 años de experiencia el despacho PROCURADORES GRANADA cuenta con amplia experiencia en todos los órdenes jurisdiccionales  y un equipo humano cualificado, que le facilita una rápida y fluida comunicación con abogados y clientes.

El objetivo de este Despacho es ofrecer una gestión integral, profesional y eficaz en la representación técnica procesal en procedimientos presentados en los partidos judiciales de Granada y Santa Fe hasta la completa finalización del procedimiento en todas sus instancias, ofreciendo un trato personalizado y ágil, adaptándonos a las necesidades del letrado y del propio representado.

Como alternativa a la vía judicial, y después de un estudio previo, les ofrecemos acudir a la Mediación donde el cliente alcanza el máximo protagonismo.

Contamos entre nuestros clientes a Compañías de Seguros, Entidades Financieras Nacionales, Entidades Bancarias de ámbito nacional y regional, empresas de varios sectores así como una gran cartera de clientes particulares.

Gracias a la  profesionalidad y experiencia adquirida a lo largo de los años, prestamos un trato individual y único a cada cliente  y letrado, tratando de combinar experiencia e innovación y utilizando siempre las  últimas tecnologías para poder prestar un servicio más ágil y eficaz.

En España, el Procurador de los tribunaleses el profesional del Derecho que de manera exclusiva representa a sus clientes ante los juzgados y tribunales. Dentro de su marco estatutario colabora con el sistema público de justicia, sirviendo de conexión jurídico-formal entre los tribunales y los ciudadanos incursos en causas judiciales, abreviando técnicamente los trámites de los actos de comunicación procesal: requerimientos, notificaciones, emplazamientos y citaciones. Por razón de esto último las Leyes de enjuiciamiento, civil y penal, establecen la obligatoriedad de la contratación de procurador para poder comparecer en las causas judiciales más complejas.

El procurador examina y realiza el seguimiento tanto de los escritos que presenta en el decanato del juzgado como de las notificaciones que posteriormente envía a los abogados. Cuando existen errores o deficiencias, los pone en conocimiento de los abogados o de la oficina judicial para que sean subsanados, siempre dentro de plazo. De ahí que el procurador deba conocer todo el Derecho procesal vigente. También realiza el traslado de escritos a la parte contraria en el pleito e informa a su cliente sobre el transcurso del proceso. Otra función importante radica en la ejecución de resoluciones judiciales (autos, sentencias y decretos), siendo en muchos casos el impulsor de las mismas.

Aparte de representar al cliente y colaborar con la Administración de Justicia, simplificando el perfeccionamiento de los actos de comunicación procesal (requerimientos, notificaciones, emplazamientos y citaciones), ejercen una función primordial en la llamada vía de apremio jurisdiccional, dentro de la cual facilitan la culminación de los trámites necesarios para la ejecución de las resoluciones judiciales (autos y sentencias de los jueces y magistrados, y decretos de los secretarios judiciales), y en modo especial ejecutan la traba y realización de patrimonios afectados al cumplimiento de las resoluciones judiciales.

Para alcanzar esta última finalidad jurisdiccional, el Procurador de los tribunales es el especialista que lleva a cabo las actuaciones jurídicas necesarias para ello, tales como liquidaciones tributarias (de impuestos de actos jurídicos documentados y tasas judiciales), inscripciones en registros públicos (de la propiedad, mercantiles, de bienes muebles, civiles, de patentes, etc.), depósitos y secuestros patrimoniales, lanzamientos, tomas de posesión y saneamiento de títulos, o publicación de edictos en boletines y prensa oficial, y la conexión de la obtención, y perfección, de todo ello, con los juzgados y tribunales en los cuales se sustancian los litigios correspondientes.

  • Miembro de la Ilustre Junta de Gobierno de Granada de 2005 hasta 2017.
  • Decano del Ilustre Colegio de Procuradores de 2011 a 2017.
  • Secretaria del Consejo Andaluz de Procuradores de 2005 al 2009
  • Miembro de la Comisión de Relaciones Institucionales del Consejo General de Procuradores de España -años 2005 a 2009-
  • Miembro actual del Comité Técnico de la Institución de Mediación del Consejo General de Procuradores.
  • Ponente en Congresos de Procuradores y Jornadas de Juntas de Gobierno
  • Tutora en la Universidad a Distancia U.N.E.D.
  • Profesora en la Escuela de Práctica Jurídica del Ilustre colegio de Abogados de Granada.
  • Mediadora perteneciente a la Institución de Mediación del Consejo General de Procuradores.
  • Miembro de la Ilustre Junta de Gobierno de 2005 a 2017.
  • Secretaria del Consejo Andaluz de Procuradores de 2014 a 2016.
  • Miembro de la Comisión de Nuevas Tecnologías del Consejo General de Procuradores de 2005 a 2012.
  • Miembro del Servicio de Actos de Comunicación adscrito al Colegio de Procuradores de Granada.
  • Ponente en Congreso y revista especializada.
  • Especialista en práctica procesal y ejerciente desde el año 2000.

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La mediación es un procedimiento estructurado en la que dos o más partes que tienen un conflicto intentan alcanzar, por sí mismas, un acuerdo sobre la resolución de su litigio con ayuda de un mediador.

 

La mediación facilita el encuentro y el diálogo entre las partes, mejorando la comunicación e incorporando los aspectos humanos al proceso. Esto hace, en la mayoría de los casos, que también se consiga un efecto de pacificación social y, en consecuencia, no se rompan las relaciones entre las partes tras la gestión del conflicto.

Procura
  • Tramitación de todo tipo de expedientes judiciales y extrajudiciales.
  • Ejecución de resoluciones Judiciales.
  • Notificación y presentación de Escritos.
  • Cumplimentación y diligenciado de exhortos, oficios y mandamientos ante los Organismos correspondientes
  • Embargos.
  • Lanzamientos y posesiones.
  • Subastas Judiciales.
  • Actos de Comunicación: citaciones, notificaciones, requerimientos y emplazamientos.
  • Gestiones ante Organismos Públicos
  • Consignaciones y depósitos judiciales
  • Liquidación de tasas y otros impuestos análogos
  • Control de vencimientos y señalamientos

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Servicios Mediación

La presencia del Procurador es necesaria a diario en las Oficinas Judiciales. Por ello sólo ejercemos en los Partidos Judiciales de GRANADA y SANTA FE, al objeto de solucionar cualquier incidencia con mayor inmediatez.

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Preguntas frecuentes Como pagar una tasa judicial?
Cómo hacer ingreso en cuentas de depósito y consignaciones judiciales
Cómo otorgar apoderamiento apud acta
Turno de repartos de apud acta
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Cómo hacer ingreso en cuentas de depósito y consignaciones judiciales
Cuentas de consignaciones
GUIA ACCESO SEDE JUDICIAL ELECTRONICA
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GUIA CONSULTAR APODERAMIENTOS

LOS TURNOS SE APLICARÁN ÚNICAMENTE EN ESTOS DOS CASOS:

 

  1. Cuando exista un procedimiento judicial, ya abierto, en un Órgano Judicial del Partido Judicial donde tenga su domicilio el poderdante, el poder se otorgará ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia de ese Órgano Judicial. Cuando su domicilio sea diferente se realizará con arreglo al cuadrante que se expresará a continuación.

  2. Cuando no exista procedimiento judicial abierto en los Órganos Judiciales del Partido Judicial donde tenga su domicilio el poderdante, el poder podrá otorgarse ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que por turno le corresponda, en función del orden jurisdiccional civil, penal, social o contencioso-administrativo donde haya de surtir efecto, con arreglo al cuadrante que se expresará a continuación.
APODERAMIENTO APUD ACTA 2017

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